La fiscalía le bajó el pulgar a la demanda de Brito contra la Municipalidad

La fiscal jefa de la unidad procesal administrativa de Zapala dictaminó por rechazar la demanda del exsecretario de Economía de la gestión del intendente Stefani, interpuso contra el municipio de Villa La Angostura. Pretende que la justicia anule el juicio político que lo destituyó de su cargo en enero del 2021 por mal desempeño.

 

La fiscal jefa de la Unidad Procesal Administrativa de Zapala, Sandra González Taboada, dictaminó por rechazar la demanda que el exsecretario de Economía Daniel Brito presentó contra la Municipalidad de Villa La Angostura para anular las resoluciones del Concejo Deliberante y el juicio político, que lo destituyó el 15 de enero del 2021 de su cargo por mal desempeño.

González Taboada indicó en su dictamen del 27 de febrero pasado, al que accedió LA ANGOSTURA DIGITAL, que la demanda de Brito no era procedente. Sostuvo que de la lectura y análisis del expediente “surge que se agregaron pruebas suficientes como para sustentar la acusación y posterior veredicto que declaró culpable a Brito”.

Mencionó entre esas pruebas “facturas de pagos y demás documentación que hace a las irregularidades denunciadas en concursos de precios y contratación en la Fiestas de los Jardines y en su función como Secretario de Economía, descartando de ese modo el concepto de arbitrariedad que aduce el actor contiene los actos administrativos dictado por el Concejo Deliberante”.

“Por lo expuesto, y ante la escasez de prueba que permita acreditar que se vencieron los plazos así como que se afectó el derecho de defensa según relata el actor (por Brito), y, surgiendo de las pruebas incorporadas que se notificó de las actuaciones con plazo suficiente para que el actor pueda acceder al mismo, que se llegó a una resolución por unanimidad, todo lo cual demuestra que se dio cumplimiento a la Ordenanza reglamentaria de Juicio Político 23577/19, y que no se han violado las garantías constitucionales del debido proceso a las que estoy llamada a velar por su cumplimiento, entiendo que la demanda no puede prosperar”, sostuvo la fiscal.

Ahora, será el turno del juez en lo contencioso administrativo de Zapala el que resuelva el conflicto. Aunque ese juzgado está vacante desde la renuncia de Matías Nicolini, que hoy es ministro de Seguridad de la provincia.

Todo indica que será posiblemente un juez o jueza subrogante el que resolverá sobre la demanda presentada por Brito contra la Municipalidad. Aunque lo que resuelva podrá ser revisado por el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

El reclamo de Brito

González Taboada recordó que Brito interpuso a finales del 2020 la demanda por intermedio de su abogado y solicitó al juez que dicte medida cautelar contra la Resolución de Presidencia del Concejo Municipal N° 27/2020 y N° 28/2020 del Concejo Deliberante de Villa La Angostura.

Brito era entonces el secretario de Economía del entonces intendente Fabio Stefani. En la demanda solicitó que se declare “la inexistencia por irregular de las resoluciones de referencia y en forma subsidiaria se declare la nulidad de los actos administrativos indicados que son violatorios de normas y principios internacionales, nacionales, provinciales y en particular, de la normativa de derecho público local”.

Sostuvo que la Presidencia del Concejo Municipal, que estaba a cargo entonces de David Tressens Ripoll, “actuó en forma desorbitada, y arbitraria, favoreciendo a intereses particulares, y avasallando la normativa vigente; violando normas de la Carta Orgánica Municipal y de la ordenanza 3577 de 2019”, que reglamentó el procedimiento del juicio político.

También denunció que se vulneró garantías previstas en las Constitucionales provincial y nacional y del Pacto San José de Costa Rica.

Brito solicitó también, “la nulidad absoluta e insanable del proceso de juicio político seguido en su contra, en virtud de los actos llevados a cabo” por la entonces concejal Vaca Arenaza Agustina.

Manifestó en la demanda que se encontraba “ante un hecho de gravedad institucional inaudito”.

Advirtió que la denuncia la promovió una concejala (por Vaca Arenaza) “que luego lo vota, que posteriormente integra la sala juzgadora según los actos que ella misma realiza, ínterin con renuncia de concejales, con dos personas integrantes del cuerpo legislativo que prestaron juramento 5(cinco) minutos antes de votar -en el recinto extemporáneamente- el inicio del juicio político, que razonablemente debieron abstenerse dado que no habían tomado vista del Expediente…”

La postura del municipio

Los abogados de la Municipalidad pidieron rechazar la demanda. Destacaron que en el proceso de juicio político llevado a cabo, Brito “nunca planteó objeciones a los cargos formulados en su contra, pero se presentó luego ante la justicia pidiendo su nulidad, y de esa forma trató de desalentar a los concejales, siempre con actitud intimidatoria”. Dijeron que Brito “despreció la vía administrativa del juicio político, que era justamente el lugar y el momento en el cual debió ejercitar su defensa, agotando en ese proceso los argumentos, pruebas y peticiones que estimase mejores para defenderse de los cargos que se le imputaban”.

“Sin embargo, como se aprecia del desarrollo del procedimiento de juicio político, el actor no se ocupó- o no le interesó- de ejercer su defensa”, indicaron los abogados del municipio.

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