Por este motivo la Fiscalía de Villa La Angostura, a cargo de Adrián De Lillo, decidió dar marcha atrás con la acusación que venía llevando desde hace casi dos años, cuando comenzara la investigación el 20 de julio de 2022.
Las razones del pedido de sobreseimiento
El giro del fiscal se basa principalmente en la prueba científica recopilada en una investigación que ha sido declarada compleja, que demandó la intervención de expertos forenses del poder judicial neuquino y también de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Efectivamente, el informe de los expertos del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación ratificó el dictamen precedente que fuera elaborado por los forenses del Cuerpo Médico de Neuquén, dejando entonces sin argumentos al fiscal para seguir sosteniendo la teoría del homicidio, ya que ambas evidencias de naturaleza médica indican que Robinson Leonardo Gatica fallece por “síndrome de delirium” agitado por consumo de cocaína.
Consumo de drogas y muerte súbita
Dicho síndrome le produjera una muerte súbita a causa de un paro cardíaco que se produce en una situación estresante, donde influyera decididamente para el desenlace fatal una salud deteriorada por consumo crónico de estupefacientes y alcoholismo.
Según los fundamentos últimos del fiscal agregados al expediente, el médico forense Jerez que realizara la tarea autopsiarte, explicara que ese síndrome “incluye la muerte repentina de un individuo durante o después de un cuadro de agitación en el cual la autopsia no revela la existencia de una causa natural o violenta que pueda explicar la muerte. Va precedido generalmente de lucha o forcejeo con el personal policial y el uso de fuerza para su contención. Típicamente, pocos minutos después del forcejeo (suele suceder 2 o 3 minutos después de cesada la lucha) el individuo presenta una parada cardio-respiratoria, siendo infructuosas los intentos de reanimación cardiopulmonar, estando presente como antecedente el uso abusivo de estimulantes”.
Asimismo, precisó De Lillo, recitando las conclusiones de los médicos forenses del Poder Judicial de la Nación, que “la causa de muerte se encuentra en relación directa con los antecedentes de droga-dependencia, alcoholismo y patología cardiovascular acorde al tipo de consumo (cocaína), compatible con el desarrollo de una alteración hemodinámica idónea para causar un trastorno cardíaco de tipo funcional seguido de muerte”.
Las lesiones no eran mortales
El pedido de sobreseimiento del fiscal, también hace pie en las opiniones de todos los forenses oficiales que intervinieron en el examen del cadáver, afirmándose que “las lesiones descriptas en la operación de autopsia poseen
signos de vitalidad siendo ampliamente descriptas en ese informe pericial; son contemporáneas a la data de muerte y no poseen idoneidad para causarla. No se han hallado lesiones de órganos internos, vasculares y/u óseas idóneas para causar la muerte”.
Finalmente, por estas conclusiones categóricas que emergen de los exámenes científicos practicados por el Cuerpo Médico Forense de Neuquén y el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, la Fiscalía sostuvo que no se ha podido probar una relación de causalidad entre la conducta atribuida a los policías acusados y el resultado muerte de Robinson Gatica.
La palabra de la defensa policial
Consultado el abogado Cristian Hugo Pettorosso, defensor del policía Víctor Hugo Muñoz, dijo que “objetivamente, el fiscal no tenía otro rumbo ni posibilidad que pedir el sobreseimiento del personal policial, pues las evidencias científicas son contundentes, indicando sin dejar márgenes de dudas, que las lesiones que presentaba el cuerpo no tenían entidad para causarle la muerte; y que el deceso se produce por un paro cardíaco en el marco de un cuadro delirante en situación de hiper estrés facilitado por una salubridad debilitada a consecuencia de muchos años de consumos tóxicos de cocaína y alcohol”.
Añadió el letrado que “a mi criterio, en este contexto de análisis fue determinante la paliza que recibió Robinson Gatica antes que la Policía arribe al lugar de los hechos, ya que considero que haberle partido un palo en la cabeza, no hizo más que contribuir a incrementar el nivel de estrés que derivara en el paro cardíaco”.
Añadió el defensor que “ese elemento de madera que le partieran en la cabeza, le produjo una herida significativa; siendo golpeado al intentar defenderse la familia de un atacante incontrolable, que sabían que estaba drogado, que tenía una fuerza exacerbada, que blandía un cuchillo para todos lados y que tenía un comportamiento en extremo peligroso; que rompía muebles y que veía entidades espirituales que lo rodeaban; poniendo en riesgo la integridad física de quienes llamaron en emergencia a la Policía para ser protegidos, como finalmente sucedió”.
“Ha quedado claro que a Robinson Gatica lo mató la droga, los narcos que le suministraban el veneno y el silencio cómplice de quienes podían haber hecho algo al respecto en tiempo oportuno. Es importante denunciar el narcomenudeo, porque puede salvar vidas”, concluyó Pettorosso convencido de la inocencia de su cliente.