El Gobierno publicó el decreto que modifica el código aeronáutico, buscando ajustarse a los estándares internacionales y fomentar la competencia para mejorar las tarifas. Se concretó el anuncio de los “Cielos abiertos”. Detalles de cómo es la nueva operatoria.
El Gobierno desreguló la actividad aerocomercial y el principal impacto en los consumidores será la liberalización tarifaria para fomentar la competencia entre las distintas aerolíneas, lo que podría redundar en una mayor competitividad de precios. Dicho de otro modo, los prestadores aéreos tendrán margen para vender pasajes más baratos de lo que permitía hasta ahora la política tarifaria oficial.
“La actividad regulada por el presente reglamento se regirá por los siguientes principios:
a) Libre acceso al mercado de nuevos explotadores a través de procedimientos administrativos breves y ágiles.
b) Estímulo a la competencia leal entre los distintos explotadores.
c) Desregulación tarifaria. d) Resguardo de la seguridad operacional.
e) Vigilancia operacional continua de los servicios autorizados.
f) Libertad en la fijación de frecuencias, en su caso, declarándolas inicialmente en su plan de negocios, para su análisis sujeto a estrictos criterios operativos y a la necesidad de que el tráfico aéreo se desarrolle de manera segura y ordenada.
g) Intervenciones de la Administración Pública Nacional limitadas y eficientes, de carácter digital/electrónico, tendientes exclusivamente a la preservación de los principios enunciados precedentemente.
h) Transparencia en la medición, asignación y utilización de la capacidad aeroportuaria”, indicó el Decreto 599/2024, publicado ayer en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la norma indica: “Que la actividad aerocomercial en la República Argentina debe regirse por los principios de libre acceso a los mercados, lealtad comercial, desregulación tarifaria, estricto resguardo de la seguridad operacional y la seguridad en la aviación, vigilancia operacional continua de los servicios autorizados, el principio de unicidad del estado, la libertad contractual, celeridad, comunicación directa, dinamismo, integralidad y eficacia, entre otros. Que los acuerdos de comercialización, conexión, consolidación y fusión de negocios resultan desde hace décadas formas de cooperación entre los operadores aéreos. Que dichos acuerdos han probado ser beneficiosos tanto para los operadores aéreos como para los consumidores, quienes se ven beneficiados por una amplia red de rutas, la optimización de los servicios, la simplificación en la planificación de viajes y además maximizan el beneficio de los programas de viajero frecuente”.
“La actividad aerocomercial en la República Argentina debe regirse por los principios de libre acceso a los mercados, lealtad comercial, desregulación tarifaria (…) la libertad contractual, celeridad, comunicación directa, dinamismo, integralidad y eficacia, entre otros”
Con las nueva desregulaciones, el vicepresidente de la International Air Transport Association (IATA), Peter Cerda, aseguró que las medidas son positivas para el ciudadano argentino “porque el país se abre, va a haber más competencia, más flexibilidad, más vuelos, mayor conectividad y competencia en los precios en un país en el que el transporte aéreo juega un rol muy importante por la extensión. Estamos en el comienzo de un camino positivo para el sector, para el sector turístico y para el ciudadano argentino”. Y agregó, en diálogo con Radio Mitre, que “la tarifa del boleto no va a bajar inmediatamente pero las herramientas ya están implementadas y acordadas”.
- Libre Acceso al Mercado:
Eliminación de barreras de entrada para nuevas empresas aéreas y de soporte en tierra.
Simplificación de procedimientos administrativos para nuevas operadoras.
- Desregulación Tarifaria:
Eliminación de las bandas tarifarias, permitiendo libertad en la fijación de precios de los boletos.
Fin de la intervención estatal en la determinación de tarifas mínimas y máximas.
- Competencia en Servicios de Tierra:
Fin del monopolio de Intercargo en los servicios de rampa, asistencia y equipaje.
Apertura a nuevos proveedores de servicios de soporte en tierra.
- Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA):
Plazo de 15 días hábiles para la respuesta de la Administración Pública.
Emisión automática del CETA en caso de silencio administrativo.
- Regulación y Supervisión Continua:
Enfoque en la seguridad operacional y vigilancia continua de los servicios autorizados.
Regulación eficiente y digital por parte de la Administración Pública Nacional.
- Acuerdos de Cooperación y Defensa de la Competencia:
Reglamentación de acuerdos interempresariales y comerciales bajo la Ley de Defensa de la Competencia.
- Asignación de Capacidad Aeroportuaria:
Nuevo reglamento para la asignación de capacidad y frecuencias en aeropuertos, igualando derechos de uso entre todas las aerolíneas, incluida Aerolíneas Argentinas. -
Desde Jetsmart aseguraron: “Reconocemos la importancia de la liberalización del mercado y la actualización de la regulación en Argentina. Sabemos que es crucial promover la igualdad de oportunidades y la competencia en iguales condiciones. Consideramos que estas medidas pueden tener efectos positivos en los consumidores, la conectividad y el turismo, además de contribuir al crecimiento del mercado”.
Otra de las definiciones del decreto es que se permite que haya más operadores de rampas y que cada aerolínea pueda elegir la empresa que le brinda el servicio. En la actualidad, Intercargo tiene la exclusividad y algunas aerolíneas, como Flybondi y American Airlines, se autoprestan. En la actualidad, esto hace que esas dos compañías logren despachar aviones desde Ezeiza incluso en días de paro aeronáutico.
Asimismo, las aerolíneas podrán realizar los contratos que quieran, lo cual previamente se encontraba limitado. Ahora solo van a necesitar la aprobación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
A su vez, entre las previsiones de la norma se incluyen “incentivos para la realización de nuevas rutas aerocomerciales y/o para la operación de nuevos transportadores”, el “acceso y asignación justa, con estándares internacionales, de los servicios y espacios comunes aeroportuarios, que permitan la libre competencia”; y el establecimiento de indicadores e índices de monitoreo atendiendo a la eficiencia operacional, la regularidad, la puntualidad y la planificación.
El Gobierno señaló que la reforma del Código Aeronáutico se aplicará teniendo en cuenta los estándares internacionales en materia de comercio de bienes y servicios, “procurando armonizar el régimen interno, hasta donde sea posible, con los de los demás países del MERCOSUR u otras organizaciones internacionales”.