Sr. Director:
Camping Correntoso. 3 historias, una verdad.
Nuevo fallo favorable a la municipalidad de Villa la Angostura.
Primer apropiador de ese predio, siempre en complicidad con la Provincia de Neuquén y la Justicia, si es que así se le puede llamar, pero bueno… Somos humanos y nos podemos equivocar.
Si bien ya todos sabemos de que ese predio hoy pertenece a la municipalidad de Villa la Angostura, quiero contarles ya que mucho se habla al respecto sobre ese lugar y de dudas, que yo también las tenía.
Desde que año la municipalidad tiene la posesión; algunos opinan o dicen que es del año 48, yo creía por comentarios que escuchaba que fue a partir del año 1968,
sin embargo todo empezó a principios del año 1973.
Con respecto a ese lugar, hoy usurpado por ésta pseudo comunidad mapuche, desde aproximadamente el año 2013 y que a la fecha lo explotan de manera ilegal
donde el estado de las instalaciones es deplorable, en lo sanitario, salubridad de los lugares donde se comercializan alimentos, sin ningún tipo de control bromatológico.
Si bien he escuchado en el primer fallo, éstas personas tenían como último plazo hasta el 11 de mayo del corriente año para “devolverlo” de manera voluntaria, algo que jamás iba a ocurrir, sin embargo, hoy tenemos un nuevo fallo del tribunal superior de Justicia y vemos que de parte del municipio quieren “recuperarlo por medio del diálogo”, y dado los antecedentes correspondería un desalojo. Yo espero que si no ocurre, el municipio clausure de manera inmediata y estricta, cualquier tipo de desarrollo comercial que se lleve a cabo en el lugar.
Hoy quisiera exponer algunos documentos que cuentan un poco la historia del abuso que vivió Enrique Antriao, por la municipalidad de Villa la Angostura con respecto a ese predio. Según mi punto de vista, desde que la municipalidad se apropió de ese lugar de manera dudosa a Enrique Antriao le fue imposible poder recuperarlo, ya que a un ciudadano común le es muy difícil ir contra el Estado.
El municipio SIEMPRE se manejó con versiones, nunca con documentación concreta para demostrar su posesión sobre el inmueble, siempre se escuchó por ex funcionarios el “me parece”, el “creo que vi”, “me pareció escuchar”, pero nunca se vio la documentación que ellos decían tener, donde hablaban de que había sido una sesión por parte de Victoriano Antriao, heredero universal de Ignacio Antriao.
Para ir cerrando, quisiera exponer algunas capturas de párrafos de la documentación que avala lo previamente contado.
1- Año 1972. Constatación donde refiere que el lugar está “sin adelantos”
2- Informe del registro de la propiedad inmueble, donde lo primero que detalla es el lote 19.
3- Petición de pago, ya que a Enrique siempre se le negó el pago de las tasas municipales de ese lote.
4- Respuesta del Gobernador a la nota enviada por Enrique Antriao.
5- Decreto del Gobernador, en referencia al inmueble.
6- Informe de la dirección de Catastro, donde la municipalidad figura como nuevo titular.
7- Respuesta a la carta documento enviada por Enrique Antriao a la municipalidad de Villa la Angostura, donde se alega la posesión del inmueble desde el año 1950, lo cuál queda comprobado por los fragmentos expuestos anteriormente, que es una falacia.
La Municipalidad al no poder demostrar lo que decían, lo terminaron obteniendo por prescripción, ya que no permitían que Enrique Antriao abonara los impuestos.
Paulo Marcelo Antriao
DNI 22. 049. 258
Villa la Angostura