Sr. Director:
Presupuesto 2025 VLA
Es necesario hacernos las siguientes preguntas: ¿Cuál es el destino del gasto? ¿En qué se gasta? ¿Quién gasta? ¿Cuál es el origen de los recursos?
Recordemos que El Presupuesto financia el funcionamiento de todo el Estado Municipal; es decir de los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Según la carta Orgánica el Artículo 160. El Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos debe proveer los recursos ordinarios, extraordinarios y especiales de la Municipalidad para cada ejercicio, autoriza inversiones y gastos, clasificados de tal forma que pueda determinarse con precisión y claridad el área a la cual son asignados. También los recursos pertinentes, fijar el número de agentes públicos dependientes del Departamento Ejecutivo, del Concejo Deliberante y del órgano de control municipal y explicita los objetivos que deben estar cuantificados cuando su naturaleza lo permita. El Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recuerdos debe ser acompañado por un mensaje explicativo de sus términos económico-financieros y del programa de gobierno.
Abordar el principio de transparencia en la esfera presupuestaria y específicamente respecto del gasto público, nos permite revisar criterios ya expuestos, a la luz de la creciente necesidad social de conocer el destino de los fondos públicos, la que no se vincula con la técnica presupuestaria, sino con la fuerte presión tributaria a la que es sometido el ciudadano y sus necesidades no satisfechas. Por eso, para éste lo relevante no es la definición teórica de los componentes del presupuesto, sino entender que se hace con el dinero que administran las autoridades estatales. Ello patentiza la simbiosis existente entre el Estado y el presupuesto, porque la totalidad de la actividad estatal está contenida en ese instrumento, que hace varias décadas dejó de ser una herramienta contable para convertirse en el núcleo de políticas públicas y derechos fundamentales.
Ahora bien, para calcularlo como mínimo deberán evaluarse dos aspectos: a) que necesidades van a ser afrontadas durante el período presupuestario y b) comparar la intensidad y urgencia de esas necesidades con la posibilidad material de satisfacerlas.
Nada de esto ha ocurrido lamentablemente, estamos como cuando vinimos de España. Y la participación ciudadana brilla por su ausencia. La ilegalidad a este efecto
también. La cuestión es simple: Nivel de participación ciudadana artículo 174 COM: Para considerar las iniciativas surgidas de los talleres que aborden los tres ámbitos de aplicación, debe existir una participación mínima del electorado que se determina por ordenanza.
Por lo tanto, desde aquí se exige la apertura a la participación ciudadana.
Por ejemplo, el presupuesto no contiene determinantes económicos para el Defensor del Pueblo. ¿Es que no se tiene en planes concursarlo? Parece que hasta diciembre de 2025 no lo habrá.
Hay mucha necesidad de camionetas 4X4. Hay programadas rifas para recaudar fondos. Si leíste bien rifas. (Punto 1. Cultura).
Una pileta climatizada también. Y proyectos que no van más como el del Mallín de Tres Cerros porque que se derogo el decreto que lo estableció. (Decreto 2736/224 que derogo el Decreto 1512/2024 por vicios muy graves, gestión llevada adelante por el vecino Edgardo Cendra). Ver punto 2.2.
Y por supuesto el problema ambiental donde hoy, ahora se sigue derramando líquidos cloacales crudos en las calles del pueblo y que pese a la orden del Juez Dr. Astuol Bonorino todavía las cavas siguen activas. Ver punto 5.5.
Rendición de cuentas. ¿Por qué se exige rendir cuentas? Porque el poder transparente no existe y porque si el mundo fuese completamente transparente, “no tendría sentido molestar a los políticos con preguntas sobre qué han estado haciendo o planeando y por qué”. Por ello, la rendición de cuentas es opuesta al ejercicio mudo del poder, tanto como a los controles mudos y unilaterales del poder
Dejo aquí en PDF el presupuesto presentado del que lo único que puedo decir es que fue presentado en tiempo y que como siempre el 83,4 % se gasta en personal, horas extras y otras cuestiones salariales.
Saludos.
Gerardo Minnaard
DNI 16.586.613
Villa la Angostura