La causa por la ocupación del camping del lago Correntoso retornó a Villa La Angostura para que el juez ejecute la sentencia

Así lo resolvió el magistrado del juzgado civil 2 de Junín de los Andes, donde se tramitó el expediente. Indicó que la sentencia que ordena a la comunidad mapuche Paichil Antriao a restituir el predio al municipio quedó firme. El apoderado legal de la comunidad dijo que apelará.

 

El expediente con la demanda que la Municipalidad de Villa La Angostura inició en 2013 para recuperar el predio del camping del lago Correntoso, que había sido usurpado por miembros de la comunidad mapuche Paichil Antriao, regresó al juzgado de esta localidad.
Ahora, está en el despacho del juez civil Francisco Astoul Bonorino, para que ejecute la sentencia que condenó a la comunidad mapuche Paichil Antriao y a otros ocupantes a restituir el predio al municipio.

De acuerdo a la documentación a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL, el juez a cargo del juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería 2 de Junín de los Andes, Santiago Montorfano, resolvió el 27 de diciembre último remitir el expediente al Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia con sede en Villa La Angostura.
Montorfano recordó en su resolución que el exjuez civil Andrés Luchino admitió años atrás la demanda que la municipalidad promovió contra los ocupantes del camping municipal del lago Correntoso.

Indicó que en segunda instancia se revocó esa sentencia “y se dispuso suspender el trámite del proceso”, pero señaló que en instancia extraordinaria (en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén) se revocó la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones confirmando así el fallo de Luchino.

Montorfano destacó que luego el TSJ declaró inadmisible el recurso extraordinario federal “por lo que la sentencia de primera instancia (que ordenó la restitución del inmueble) adquirió ejecutoriedad”.

Enfatizó que finalmente el expediente regresó al juzgado civil 2 de Junín de los Andes donde se tramitó originalmente la causa tras el apartamiento del exjuez civil de Villa La Angostura, Jorge Videla, que fue recusado en su momento, “restando dar cumplimiento al fallo”.

Apelará la decisión

El apoderado legal de la comunidad Paichil Antriao, Virgilio Sánchez, dijo que fue notificado de la decisión del juez Montorfano el 27 de diciembre último.

Adelantó que “probablemente después de la feria apele esa resolución, ya que la sentencia no está firme, pues la comunidad Paichil Antriao interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la sentencia del TSJ”.
Sánchez expresó que, por otro lado, “no corresponde al Juez de oficio decidir cuestiones en torno al juez natural de la causa, sin que ninguna de las partes se lo haya pedido”.

Fundamentos de la decisión del juez Montorfano

El juez civil de Junín de los Andes recordó en su resolución que los dos magistrados titulares que intervinieron en la causa, Videla y Luchino, ya no se encuentran en funciones.

“Lo expuesto obliga a formular un nuevo examen de la situación y analizar si resulta o no conveniente que la causa tramite fuera de la Secretaría del organismo en el que actúa su juez natural (Juzgado con sede en Villa La Angostura)”, explicó.

“Resulta innegable que los principios de celeridad, inmediatez y economía procesal (art. 34 inciso 5 del Código Procesal) podrán preservarse con mayor rigor y estrictez si el expediente se encuentra radicado por ante el Juzgado con sede en la ciudad de Villa La Angostura”, afirmó.

Indicó que allí “actúa el juez natural de la causa (hoy Dr. Francisco Astoul Bonorino), y tal inmediatez tiende a lograr la eficaz dirección del proceso”.

Manifestó que en Villa La Angostura “residen los litigantes, y tal inmediatez hace efectivo su derecho a compulsar las actuaciones y fiscalizar el proceso”.

“Allí residen los letrados/as y los demás auxiliares de justicia, y tal inmediatez facilita su labor”, aseveró.
“Allí se sitúa el inmueble que es objeto del pleito, y tal cercanía facilita la ejecución de la sentencia”, argumentó.

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