Formulan cargos a tres jóvenes por lesionar a otros dos a la salida de un boliche y en el predio de la terminal

El fiscal del caso Ardían De Lillo junto al asistente letrado Federico Gayós formularon cargos a tres varones, S.M.T, G.D.M y A.R.S, por golpear y lesionar a dos jóvenes. La agresión fue cometida a la salida de un boliche y en el predio de la terminal de Ómnibus de la ciudad de Villa La Angostura.

 

La acusación fue presentada en una audiencia de formulación de cargos realizada hoy en la que los representantes del MPF describieron dos hechos:

– El primero fue el 23 de febrero de este año cerca de las 7:00, cuando S.M.T y G.D.M agredieron a un joven en dentro del predio de la Terminal de Ómnibus de la ciudad de Villa La Angostura. Mientras la víctima se encontraba sentado en un banco junto a un grupo de amigos, los imputados en compañía de otras personas, lo increparon y le recriminaron una discusión que se había originado dentro de un boliche cercano. Tras ello, G.D.M le dio una patada en la cara que lo hizo caer al suelo y S.M.T lo agredió con golpes de puño. En un momento, el joven pudo levantarse e intentó retirarse, pero los dos imputados continuaron golpeándolo hasta que quedó tendido en el asfalto. Producto de la agresión recibió lesiones graves en la cara con pérdida de piezas dentales

– El segundo hecho sucedió inmediatamente luego del primero, en el mismo lugar. Fue cuando S.M.T y A.R.S mantuvieron una pelea con uno de los jóvenes que acompañaba a la primera víctima, luego de que intervenga para defender a su amigo. En esas circunstancias, los imputados le dieron golpes de puño y patadas y le provocaron lesiones.

Los delitos que De Lillo y Gayós le atribuyeron a los imputados son: lesiones graves en carácter de coautores respecto de S.M.T y G.D.M por el primer hecho; en concurso real con lesiones cometidas en riña también en carácter de coautores en relación a S.M.T y A.R.S por el segundo hecho (artículos 90, 96, 45 y 54 del Código Penal).

Además, los funcionarios de la fiscalía requirieron que se fijen medidas de protección para las víctimas, sus familias y testigos presenciales de ambos hechos, durante cuatro meses: prohibición de acercamiento a menos de 100 metros de las víctimas y sus domicilios; y de contacto por cualquier tipo de medio.

La abogada particular que intervino como querellante en representación de la madre de una de las víctimas, adhirió a los hechos, la calificación legal y las medidas requeridas por la fiscalía.

El juez de garantías Ignacio Pombo, quien estuvo a cargo de la audiencia, avaló la formulación de cargos requerida por los representantes del MPF. Además, el magistrado fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses y fijó las medias cautelares de acuerdo a lo solicitado por el mismo plazo.

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