Los diputados Darío Peralta y Darío Martínez de Unión por la Patria (UxP) presentaron un proyecto de ley para que brigadistas de la provincia puedan acceder a un régimen diferencial de jubilación anticipada. La propuesta alcanzará a todos los brigadistas dependientes de organismos provinciales que presten servicios en unidades operativas de lucha contra incendios forestales y rurales, y a los contratados -bajo cualquier modalidad- por el Estado provincial para desempeñar tales funciones.
Los requisitos para acceder al régimen especial son: para los hombres haber cumplido 55 años y acreditar 25 de servicio, con 15 mínimos en funciones de combate directo de incendios, y para las mujeres igual criterio pero con 50 años de edad y 20 de servicio, de los cuales 10 deben acreditarse en funciones de combate directo.
La iniciativa establece que, por cada año trabajado en funciones operativas de combate de incendios, se reconocerá un año y medio de aportes previsionales. El monto del haber jubilatorio inicial será equivalente al 82% móvil del promedio de las remuneraciones sujetas a aportes previsionales de los últimos 120 meses de servicio, actualizado conforme los índices oficiales de movilidad jubilatoria.
Además, contempla que los aportes previsionales de los brigadistas serán administrados por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), y que el régimen se financiará mediante los aportes personales de los trabajadores alcanzados por la propia ley y de los patronales de los organismos estatales contratantes, así como también mediante fondos adicionales que el Estado provincial destine a tal fin.
La percepción de la jubilación del régimen propuesto será compatible con otras prestaciones previsionales y con el desempeño de actividades no relacionadas a combatir el fuego.
En los fundamentos, ambos diputados aseguran que el régimen impulsado constituye un “reconocimiento a la labor de alto riesgo y desgaste físico” que implica la tarea que llevan adelante los brigadistas. Recuerda que se trata de un desempeño “esencial para la protección del ambiente y la seguridad de la población, en condiciones laborales de excepcional riesgo y exigencia física” por lo que un régimen diferencial constituye un acto de “justicia social” y la posibilidad de renovar el personal en una actividad que, por sus características, requiere de trabajadores con óptimas condiciones físicas.
Más adelante enumeran los riesgos constantes para la salud de estos agentes, que producen un desgaste físico prematuro, en ambientes naturales de los más adversos y recuerdan los numerosos casos de incendio que ha tenido la provincia a lo largo de su historia, en particular el último en Parque Lanín que logró controlarse hace unas semanas.