La Corte Suprema tiene para resolver cuatro quejas presentadas por la comunidad mapuche Paichil Antriao

Así lo informó A LA ANGOSTURA DIGITAL el apoderado legal de la comunidad Virgilio Sánchez. Son demandas por la posesión de valiosos lotes en Villa La Angostura. La sentencia que confirmó el desalojo de mapuches del camping Correntoso sigue bloqueada.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene que resolver sobre cuatro recursos de queja presentados por la comunidad mapuche Paichil Antriao, que intenta revocar las sentencias que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén dictó sin darle la razón a los reclamos de la comunidad mapuche en sus disputas por valiosos lotes, que están ubicados en Villa La Angostura.

El apoderado legal de la comunidad mapuche, Virgilio Sánchez, informó a LA ANGOSTURA DIGITAL que “en total la Comunidad Paichil Antriao tiene cuatro quejas en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Mencionó la causa Popik contra la comunidad Paichil Antriao; la que promovió la Municipalidad de Villa La Angostura contra la comunidad para recuperar el camping del lago Correntoso.

La tercera es que la promovió  Ana María Bichanchedi de Terzolo contra  la comunidad para recuperar un lote contiguo a Puerto Elma. Y la cuarta demanda es la que impulsó Cabella contra la Lof Paichil Antriao.

Sánchez recordó que la demanda de Popik es la más antigua y destacó que hay un dictamen favorable de la Procuradora General de la Corte Suprema que recomienda revocar el fallo del TSJ neuquino, que rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por Sánchez.

Rememoró que la demanda civil impulsada por Cabella tiene por objeto recobrar la posesión de un lote ocupado por Celia Yanina del Carmen Barria, José Ariel Gómez, miembros de la Comunidad Mapuche Paichil Antriao y a toda persona que se encuentre ocupando “la fracción de terreno ubicada en la ciudad de Villa La Angostura, Departamento Los Lagos, Provincia de Neuquén, lote dos de la Fracción B1, inscripto a la Matrícula 3315, 23 Dpto. Los Lagos, Nomenclatura Catastral 16-20-056-5510-0000”.

 Un dictamen favorable

A principios de marzo pasado, la Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de Derecho Público no Penal, Laura Mercedes Monti, dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja que interpuso el apoderado legal de la comunidad mapuche Paicil Antriao.

En consecuencia, Monti propuso a la Corte Suprema que deje sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, que le había negado a la comunidad mapuche el control extraordinario por parte del máximo tribunal del país de la demanda civil iniciada por Carlos Alberto Popik contra la comunidad Paicil Antriao y los ocupantes de un lote contiguo a Puerto Elma, en Villa La Angostura.

Sánchez valoró el pronunciamiento de la Procuradora, pero aún falta que los ministros de la Corte traten el caso.

La Procuradora propuso devolver el legajo al tribunal de procedencia a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento con el alcance indicado.

Monti recordó que el 27 de julio de 2020, el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia (TSJ) de Neuquén rechazó el recurso de casación presentado por Elma Quiroga y la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao.

En consecuencia, el TSJ confirmó la sentencia de la instancia anterior que declaró desiertos los recursos interpuestos contra la sentencia del entonces juez civil de Junín de los Andes Andrés Luchino, que había hecho lugar a la presente acción iniciada por Popik contra Elma Quiroga, Carlos Miranda y toda otra persona que pudiera ser colocada en el inmueble y posibles poseedores del lote.

Luchino admitió en esa sentencia, que dictó a mediados de febrero de 2019, la demanda civil iniciada por Popik con el objeto de reivindicar su derecho de propiedad sobre el lote y de que se condene a los demandados a restituir el inmueble en cuestión.

Otro revés para la comunidad

Días atrás, el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén rechazó un recurso extraordinario federal que había presentado la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao de Villa La Angostura, para que le habiliten el control extraordinario por parte de la Corte Suprema de la sentencia de la sala civil del máximo tribunal neuquino, que convalidó la restitución de un lote contiguo a Puerto Elma a la demandante Bichanchedi de Terzolo.

Los jueces del TSJ Roberto Busamia y Evaldo Moya declararon inadmisible el recurso interpuesto por la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao.

Sin embargo, la comunidad aún puede recurrir ante la Corte con la presentación de un recurso de queja.

La sala civil del TSJ resolvió en octubre del año pasado revocar una sentencia de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del interior de la provincia, con sede en San Martín de los Andes, que había dejado sin efecto el fallo del exjuez civil de Junín de los Andes Andrés Luchino, que condenó a los ocupantes del lote y a la comunidad Paichil Antriao a restituir ese inmueble a sus propietarios, quienes fueron despojados del terreno en 2011.

El TSJ al revocar esa sentencia de la Cámara confirmó el fallo de Luchino. Por eso, la comunidad impugnó esa decisión.

Mientras que la ejecución de la sentencia del TSJ, que confirmó un fallo que ordenó a la comunidad Paichil Antriao a devolver el camping a la Municipalidad de Villa La Angostura, está bloqueada hasta que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del interior de la provincia se pronuncie sobre los recursos planteados por la comunidad.

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