El juez informó este lunes al mediodía el veredicto que absolvió al lonko de la Lof Paicil Antriao y a otra mujer de la comunidad que habían sido acusados por la fiscalía y la querella. El magistrado “entiende que había una ocupación mapuche en la zona” donde ocurrió el hecho, explicaron fuentes judiciales.
El juez Eduardo Daniel Egea resolvió absolver a Damián Olivero y a Jovita Cayupán, que habían sido acusados por la usurpación de un lote de la familia Salamida en Villa La Angostura. También, lo absolvieron a Olivero por el intento de robo de un celular que le había atribuido la fiscalía y la querella particular.
Egea informó este lunes al mediodía el veredicto que absolvió a Olivero y Cayupán, que integran la comunidad mapuche Lof Paicil Antriao. De hecho, Olivero es el lonko.
Así lo informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL desde el Ministerio Público Fiscal y el defensor particular Virgilio Sánchez, que había alegado a favor de la absolución de los dos imputados.
El juez informó en forma oral su decisión y comunicó que en los próximos días enviará la sentencia con los fundamentos a la fiscalía, la querella y la defensa.
Fuentes judiciales comunicaron que Egea desestimó la acusación fiscal, con la adhesión de la querella, porque “entiende que había una ocupación mapuche en la zona”.
Alegatos
El fiscal Adrián De Lillo había solicitado al juez que declare culpable a los imputados. El abogado por la querella Cristian Pettorosso había adherido al pedido de la fiscalía.
El hecho que se les había atribuido a los imputados ocurrió, según la teoría de la fiscalía, a la que adhirió la querella, la tarde del 3 de febrero del 2024 en Villa La Angostura.
En el terreno de la familia Salamida había un grupo de ingenieros que realizaba unos trabajos de medición en ese lugar, cuando fueron abordados por los imputados y otras personas, quienes retiraron las estacas e intimidaron a los profesionales.
Uno de los imputados intentó robarle el celular al ingeniero Hugo Farmetano, indica la acusación fiscal. Farmetano es querellante en la causa y lo asiste Pettorosso.
La postura de la defensa
El defensor de los imputados había planteado en su alegato que Olivero y Cayupán no habían cometido el delito que los acusadores público y privado les atribuyeron.
Sostuvo que ellos fueron “las víctimas de aquellos acontecimientos por los cuales se los trajo aquí a juicio”.
“Es evidente que tanto el señor Farmentano, el señor Galli, el señor Dino y el señor Razzone eran socios de un proyecto que pretendían llevar adelante en las tierras que la comunidad mapuche Paichil Antriao reivindica como propia”, sostuvo Sánchez.
“Son básicamente los testimonios de los miembros de la comunidad Paichil Antriao los que nos arrojan luz sobre la realidad de los hechos, es decir, que fueron ellos los turbados en su posesión”, afirmó.
Dijo que del “video exhibido por la parte acusadora lo único que se ve es a un grupo de hombres molestando a miembros de la Comunidad Paichil Antriao que les están pidiendo que se retiren de su territorio. No se advierte allí ningún delito”, destacó el defensor.
Dijo que tampoco “se advierte que en ese incidente del 3 de febrero haya participado la presunta víctima, los protagonistas en concreto fueron terceros que no tienen derecho alguno sobre el predio, pero sí intereses personales”.
Recordó que en el juicio “incluso se le preguntó a la señora Salamida si había tenido algún problema con la comunidad y dijo que no, y que ella no iba al lugar”.