Sr. Director:
Mediante Acuerdo de fecha 11 del corriente mes y año el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén, en la causa caratulada “MUNICIPALIDAD DE VILLA LA ANGOSTURA c/ MONTES, Hugo y otros sobre ACCIÓN REIVINDICATORIA” (Expte. JJUCI2 N.º 35.140), puso fin a años de usurpación por parte de la auto proclamada “Comunidad Lof Paisil Antriao” y las personas que perpetraron este delito penal, aduciendo derechos ancestrales sobre ese inmueble de propiedad del Municipio, e impidieron el disfrute de un lugar emblemático y caro a los recuerdos de los angosturenses.-
El Acuerdo relacionado no hace más que confirmar los fallos anteriores que condenaban a los perpetradores a restituir el inmueble a su legítimo dueño e indemnizar pecuniariamente por los daños y perjuicios ocasionados al patrimonio Municipal.
La Resolución plasmada en el citado Acuerdo del más alto Tribunal de la Provincia, cierra un ciclo de MENTIRAS e IGNOMINIAS sostenidas por la “Comunidad” usurpadora y sus ideólogos, quienes buscaron por muchos años instalar la MENTIRA de que en Villa la Angostura existía una Comunidad Mapuche con derechos ancestrales sobre tierras de particulares y públicas.- Apoyados y financiados por el anterior Gobierno Nacional, los condenados en esta última instancia provincial esparcieron su mentira y envalentonados por el movimiento ideológico que los impulsaba (y los utilizaba), usurparon las propiedades de vecinos en el Cerro Belvedere, el predio lindero a Puerto Elma, y el sector afectado a la Ruta de Circunvalación.- Cabe aclarar que estas usurpaciones se mantienen a la fecha por parte de la mentada Pseudo Comunidad “ Lof Paisil Antriao” , a través de acciones violentas e intimidatorias.-
Durante estos años los vecinos de Villa la Angostura se han pronunciado activamente sobre estos hechos delictivos; han solicitado a través de la Banca del Vecino que el Concejo Deliberante se pronuncie sobre las usurpaciones que impiden la finalización de la tan necesaria Ruta de Circunvalación, han realizado constataciones que evidenciaron por parte de la última gestión municipal cierto grado de connivencia reflejada en brindar servicios gratuitos a los usurpadores y no dictar las Clausuras a las actividades comerciales CLANDESTINAS, tanto en el Camping Correntoso como en el Camping contiguo a Puerto Elma, incurriendo en el incumplimiento de los deberes de Funcionario Público.-
Pero el mapa político del país, que nos conducía indefectiblemente hacia el no respeto a la Propiedad Privada, al avasallamiento de los derechos y garantías constitucionales, inclusive por el propio Estado (Encierro irracionalmente prolongado durante la Pandemia, etc.), ha hecho un cambio copernicano, siendo de esperar que estos vientos de respeto a las instituciones de la República lleven a un Justo Medio virtuoso que enaltezca el concepto plasmado por ULPIANO (Jurisconsulto de la Roma Antigua), en cuanto a la definición del término JUSTICIA, que es NI MÁS NI MENOS que el DAR a cada uno LO QUE LE CORRESPONDE.-
Pablo E. GONZÁLEZ
D.N.I. 14.610.276
Villa la Angostura