Compartimos los requisitos necesarios para poder presentarse al llamado que realiza el Concejo Deliberante.
REQUISITOS:
- Poseer título de validez Nacional, de Contador Público Nacional o Abogado, que demuestre experiencia acreditable en las funciones que competen al mismo.
- Tener treinta (30) edad años como mínimo.
- Tener cinco (5) años como mínimo de ejercicio de la profesión.
- Tener residencia en Villa la Angostura durante cuatro (04) años anteriores inmediatos a la designación, salvo casos de ausencia motivada por servicios a la nación o a la provincia, o en organismos internacionales. Presentar acreditación fehaciente de constancia de residencia emitida por el Registro Civil local.
- Libre deuda, emitido por el Colegio Profesional correspondiente.
- Estar inscripto en el padrón electoral de la jurisdicción municipal.
- Certificado de Antecedentes penales provincial y nacional.
- No tener afiliación a ningún partido político.
- No figurar en el Registro de Deudores Alimentarios.
- No figurar en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género.
- Curriculum Vitae.
- Experiencia demostrable en áreas de incumbencia de la función.
ARTÍCULO 3°: LOS Postulantes deberán presentar toda la documentación solicitada en el Artículo 2° de la presente, en carpeta tamaño oficio y en formato digital, en la Secretaría Parlamentaria del Concejo Deliberante desde el 24 de junio de 2024 hasta el 24 de julio de 2024, a las 13:00 hs.-
ARTÍCULO 4°.- LA persona que ocupará el cargo de Auditoría Municipal, es designada por concurso de antecedentes y oposición, por el Concejo Deliberante con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de sus miembros.
ARTÍCULO 5°: El día 31 de julio se publicará en mesa de entradas del Concejo Deliberante un listado con los nombres de las y los postulantes en condiciones de acceder a la instancia de entrevistas por haberse verificado que cumplen con los requisitos solicitados en el Artículo 2°.
ARTÍCULO 6°.- HASTA el día 7 de agosto inclusive, se encontrará abierto el registro de oposición. En caso de realizar una presentación, la misma deberá ingresarse por escrito por mesa de entradas del Concejo Deliberante con la justificación y debida identificación de la o el presentante.
ARTÍCULO 7°: DURANTE el mes de agosto se realizarán entrevistas con el Cuerpo Deliberativo, de las cuales resultará el orden de mérito que se publicará al cierre del concurso.-
ARTÍCULO 8°: LA designación de la persona que ocupará el cargo de Auditoría Municipal, la efectuará el Concejo Deliberante, en un plazo no mayor a quince días (15) de vencido el término establecido en el Artículo 3° de la presente. La persona que ocupará el cargo de Auditoría Municipal comenzará a prestar funciones a partir de la jura en el cargo.-
ARTÍCULO 9°: LA persona que ocupará el cargo de Auditoría Municipal prestará juramento ante el Concejo Deliberante, de desempeñar debidamente el cargo y de obrar en todo de conformidad con lo que prescriben la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza N°3361/2018, la Constitución Provincial, la Constitución de la Nación Argentina y la presente Resolución.-
ARTÍCULO 10°: LA persona que ocupará el cargo de Auditoría Municipal gozará de todos los derechos y deberá cumplir con las obligaciones e inhabilidades establecidas en la Carta Orgánica Municipal y en la Ordenanza N° 3361/2018.-