Sigue la polémica por la cesión por decreto para estudiar mallines de Villa La Angostura

El intendente Murer le otorgó por decreto a dos particulares la posibilidad de hacer estudios sobre esas áreas naturales, a partir de un convenio que tendrá vigencia hasta el 25 de junio del 2027. Objetan que el procedimiento no tuvo la participación de la ciudadanía ni el aval previo del Concejo Deliberante.

La decisión del intendente Javier Murer de aprobar por un decreto un convenio de co-gestión ambiental de los mallines ubicados en el barrio Tres Cerros y en el sector conocido como refugio de agua a dos licenciados para que hagan estudios ambientales y de conservación sigue generando ruido.

El convenio se autorizó por un decreto del 25 de junio pasado que firmó Javier Murer y la entonces secretaria de Planeamiento, Ambiente y Obras Públicas Beatriz Tyczynski, que avaló el convenio suscrito por el intendente con los licenciados Nicolás Balestrini y José Pueyrredón, según las ordenanzas 1112/00.

Según el decreto, el convenio es para investigar, caracterizar, conservar “y/o mejorar los ecosistemas que ya existen”.  “Tendrán como obligación la generación de estudios de prefactibilidad y diagnóstico ambiental para elaborar un plan de manejo socioambiental para la puesta en valor de estos espacios y reservas”, dice uno de los considerandos del decreto.

Cuestionamientos

Sin embargo, Edgardo Cendra que se dedicó a analizar el decreto y el convenio objetó que el municipio delegue en terceros una responsabilidad ambiental que le impone la Carta Orgánica Municipal.

Además, objetó el procedimiento elegido por Murer para avanzar con el convenio, sin la participación de la ciudadanía de Villa La Angostura. Advirtió que tampoco intervino el Concejo Deliberante, cuando un convenio que implica áreas naturales protegidas como los mallines implican un procedimiento de doble lectura para su aprobación.

Cendra lamentó la forma en cómo se hizo el convenio, sin abrir un registro de oposición como para que el ciudadano de la localidad opine y dijo que es un tema relevante porque se trata de la protección de los mallines que son patrimonio de toda la comunidad.

Planteó que un estudio de este tipo se podrían haber impulsado desde la Dirección de Ambiente del municipio, pero Murer optó por cederlo “a dos personas sin consultar con nadie”.

Enfatizó la relevancia que tienen los mallines como objeto de estudio y de investigaciones científicas en sintonía con los conceptos de cambio energético mundial con proyección al año 2030.

Opinó que es un asunto en el que la municipalidad debe intervenir porque siempre está la sospecha de que detrás puede haber un negocio. Mencionó que en temas ambientales ya hay financiamientos vinculados, por ejemplo, con el negocio de las criptomonedas y defendió que la municipalidad tenga el dominio sobre la proyección a futuro de estos estudios.

Aclaró que el viernes por la noche los especialistas que fueron autorizados a trabajar sobre los mallines dieron una charla informativa en la Biblioteca Osvaldo Bayer y valoró la predisposición.

Que dice el convenio

El convenio suscrito entre Murer, en representación de la municipalidad, y los dos particulares “otorga” a los dos especialistas el patrocinio del Mallín de Tres Cerros, ubicado en siete espacios verdes de esa zona de Villa La Angostura. Y el área protegida municipal “Refugio de agua”.

“Los patrocinantes asumen el compromiso de patrocinio en el contexto de la ordenanza 1112/00 de los mallines con el único y exclusivo objeto de investigar, caracterizar, conservar y/o mejorar los ecosistemas que allí existen”, dice el convenio.

“Tendrán como obligación la generación de estudios de prefactibilidad y diagnóstico ambiental para elaborar un plan de manejo socioambiental para la puesta en valor de estos espacios y reservas”, indica.

“Asimismo, ambas partes, los Patrocinantes (Balestrini y Pueyrredón) y la Municipalidad podrán rescindir unilateralmente el presente acuerdo, de comprobar que no se esté cumpliendo con lo dispuesto en este acuerdo, notificando a la contraparte con una antelación no menor a 60 días”, dice el convenio.

Indica que los “Patrocinantes deberán presentar un plan de manejo adaptativo para los mallines al Ejecutivo municipal y a la Dirección de Medio Ambiente para su revisión, consenso y aprobación”.

Aclara que “el plan de manejo adaptativo debe contener como mínimo los objetivos generales, objetivos específicos, acciones propuestas, plazos y cronogramas, destinatarios, recursos y órganos de gestión”.

Sostiene que el presente acuerdo “no implica para los Patrocinantes posesión ni tenencia del espacio del dominio municipal sujeto al patrocinio”. Los especialistas dispondrán de libre acceso al inmueble durante todo el tiempo de vigencia del contrato.

La vigencia del convenio

El convenio tendrá vigencia por el plazo de “3 años, a partir de la suscripción del presente convenio (25 de junio pasado) venciendo el 25 de junio de 2027 y por mutuo acuerdo de las partes podrán renovarlo si así lo consideran”.

El convenio dice que los Patrocinantes “eximen de toda responsabilidad a la municipalidad respecto al personal contratado y/o dependiente de los Patrocinantes, como así también de los hechos o actos propios o de sus dependientes y de las obligaciones que asuma frente a terceros con motivo del cumplimiento del presente convenio”.

La cláusula séptima determina que el personal de la municipalidad “tendrá libre y pleno acceso a los mallines. No obstante, la municipalidad se compromete a no realizar, ni permitir en los malllines actos de cualquier tipo que constituyan una intervención y/o modificación ambiental de los mallines”.

La octava cláusula dice que “la municipalidad no se responsabiliza por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Patrocinantes y/o terceros por accidentes producidos en y/o con las instalaciones que los Patrocinantes adhieran en los mallines para dar cumplimiento objeto del presente acuerdo”.

La cláusula novena obliga a los Patrocinantes “a restituir el inmueble a la finalización del presente convenio de uso en perfectas condiciones de uso”.

“A la finalización del convenio de uso todas las mejoras que los patrocinantes realicen quedarán a beneficio del inmueble sin derecho de retribución alguna a favor de los Patrocinantes”, añade el convenio.

Afirma que “de esta manera la municipalidad conserva su rol indelegable de garantizar el bien común la preservación del medio del ambiente y promoción de los valores de la comunidad” establecidos en las ordenanzas 1112/2000 y 1520/2004.

La denuncia de Edgardo Cendra

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