Sr. Director:
Año 1995 la municipalidad de Villa la Angostura, no conforme con haberse apropiado de manera irregular del lote 19 camping correntoso, avanzo al lote lindero al mismo, también con supuestos de que había sido cedido a este municipio para ampliación del balneario municipal y protección del bosquecillo de arrayanes. Hoy también tengo entendido usurpado por ésta pseudo comunidad mapuche.
Sin embargo, en el informe de la oficina técnica de la municipalidad, nos encontramos con el apellido de una de las personas involucradas en la usurpación.
Algo que me genera muchas dudas al respecto, ¿Por que si fue cedido, pasa a ser propiedad municipal por prescripción administrativa?
Paulo Antriao
DNI 22.049.258
Villa la Angostura