El juez en lo civil y comercial de Villa La Angostura desestimó los recursos presentados por el apoderado legal de la comunidad mapuche. Reiteró que la sentencia que ordena restituir el lote a María Cristina Broers está firme y es cosa juzgada. Críticas a la conducta del abogado Virgilio Sánchez.
El juez de primera instancia en lo Civi, Comercial, Laboral y de Minería de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, rechazó los recursos que había presentado el apoderado legal de la comunidad mapuche Quintriqueo, para dejar sin efecto el desalojo de los miembros de la comunidad que ocupan un lote, ubicado a unos 35 kilómetros de esta localidad.
Astoul Bonorino recordó en su resolución, que dictó este lunes y a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL, que la sentencia que ordena restituir ese valioso lote a María Cristina Broers, se encuentra firme. Ese fallo resolvió que los demandados fueron los que despojaron de la posesión de ese inmueble a Broers hace unos 13 años.
Además, el juez instó al abogado Luis Virgilio Sánchez, apoderado legal de la comunidad, “a que, en lo sucesivo, de cumplimiento a las Normas de Ética Profesional del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Tribunal de Ética del mismo”.
La orden de desalojo impugnada
El juez recordó que el 3 de abril de 2025 dictó otra orden para dar cumplimiento con el protocolo de desalojos, desahucios y lanzamientos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén, con el propósito de ejecutar la sentencia firme. Contra esa decisión, Sánchez presentó un recurso de reposición con apelación en subsidio.
Sánchez alegó que sus representados interpusieron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Por eso, planteó que el decreto del 31 de agosto de 2022, que dictó Astoul Bonorino para ejecutar la sentencia contra los ocupantes del lote en litigio, no se encontraba firme.
También, Sánchez mencionó una resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) del 4 de diciembre del 2023.
El apoderado legal de Broers, Guillermo Hensel, solicitó el rechazo tanto del recurso de reposición como el de apelación en subsidio presentados por Sánchez.
Antecedentes
El juez hizo un repaso por los hechos más destacados de una causa civil que comenzó en 2012 cuando Broers denunció haber sido despojada del lote y presentó la demanda para recuperarlo.
Indicó que la sentencia que condenó a los ocupantes, miembros de la comunidad mapuche Quintriqueo, a restituir el lote se dictó en 2016.
Mencionó que todos los recursos presentados por el abogado de la comunidad Quintriqueo contra esa sentencia fueron rechazados. Por eso, Astoul Bonorino dictó el 3 de agosto del 2022 la orden de desalojo y ordenó librar mandamiento.
Ese decreto de desalojo también fue apelado por Sánchez y fue desestimado.
La comunidad volvió a pedir la suspensión de la ejecución de la sentencia y, en consecuencia, dejar sin efecto el desalojo, porque alegó la vigencia de la Ley 26.160 y la suspensión del trámite y de los plazos. También, esos planteos fueron rechazados por Astoul Bonorino, que el 31 de agosto del 2022 ordenó nuevamente el libramiento del mandamiento de desalojo.
La intervención del TSJ
Sánchez interpuso más recursos y la causa llegó hasta el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén que rechazó el 1 de octubre del 2024 un recurso de casación.
Astoul Bonorino destacó que Sánchez presentó un recurso extraordinario federal que fue declarado inadmisible por el TSJ el 5 de febrero de 2025.
El juez de Villa La Angostura citó lo dicho por los vocales del TSJ Germán Busamia y Gustavo Mazieres en ese fallo que destacaron que el Decreto 1084/24 publicado en el Boletín Oficial el 10 de diciembre del 24 “dejó sin efecto la normativa que había prorrogado la vigencia de la Ley N° 26160, y declaró finalizada la emergencia prevista en dicha ley”.
“De este modo, la pretensión de suspensión del desalojo por aplicación de la Ley N° 26160, tampoco tendría a la fecha sustento normativo”, afirmaron los vocales del TSJ.
La decisión
“Analizando nuevamente todo lo planteado y lo sucedido desde el momento en que, el 29 de agosto del año 2022, resolviera rechazar los recursos presentados y continuar con la ejecución la cual se encontraba ya firme, nada ha cambiado, por el contrario, como bien resolvió el Tribunal Superior de Justicia, la Ley 26.160 ya no se encuentra vigente”, aseveró Astoul Bonorino.
“Luego de más de dos años del lanzamiento dispuesto, y habiendo transitado toda la etapa recursiva provincial, la parte demandada intenta nuevamente la suspensión de la ejecución de la sentencia firme, alegando ahora no sólo el recurso de queja interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino también un informe del INAI”, advirtió el juez.
“Contrario a lo sostenido por el apoderado de la demandada en cuanto que la orden de desahucio no está firme, la misma orden tiene total firmeza, por haberse agotado la vía recursiva”, reiteró.
Y remató: “La cuestión traída nuevamente a examen en la presente apelación es una cuestión que reviste ya, en esta etapa procesal, el carácter de cosa juzgada”.
Críticas a la actuación de Sánchez
El juez de Villa La Angostura advirtió que la conducta del apoderado de la comunidad “estaría yendo en contra de las Normas de Ética Profesional del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén”.
Mencionó que el artículo 7 de esas normas establece que “el abogado debe abstenerse del empleo de recursos o medios que, aunque legales, importen una violación a las presentes normas y sean perjudiciales al normal desarrollo del procedimiento, de toda gestión puramente dilatoria que, sin ningún propósito justo de defensa, entorpezca dicho desarrollo, y de causar aflicciones o perjuicios innecesarios”.
Astoul Bonorino señaló que esa conducta “claramente se ve en estos actuados, toda vez que, en reiteradas oportunidades y en todas las instancias, se le ha dicho a la parte demandada que lo que ahora nuevamente trae en el escrito recursivo, no es más que algo ya debatido y que ya se resolvió, operando la cosa juzgada”.
“En ese orden, tenemos que desde el año 2016 a la fecha, se han interpuesto varias veces recursos de distinta índole alegando siempre lo mismo (una Ley que hoy no tiene vigencia), y siempre ha sido rechazado el planteo”, enfatizó Astoul Bonorino.
Intenta confundir
“Por otro lado, estaría violando el artículo 5 de las mismas normas (de ética), dado que (Sánchez) confunde no sólo a sus representados, sino que pareciera que quiera hacer confundir a este Judicante, diciendo que la queja interpuesta en la Corte Suprema suspende el presente proceso, cuando es más que claro el artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, manifestó el juez.
“Es ante estas situaciones, y otras que pudieran surgir para confundir a la ciudadanía, que se insta al Dr. Luis Virgilio Sánchez a que, en lo sucesivo, de cumplimiento a las Normas de Ética Profesional del Colegio de Abogados y Procuradores al que pertenece su matrícula profesional bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén todas las actuaciones que vayan en contra de las referidas Normas”, afirmó el juez.