En los próximos días se abrirá el registro de oposición para que los ciudadanos y ciudadanas de Villa La Angostura expresen su desacuerdo con alguno de los cinco candidatos al cargo que están en carrera.
Los ciudadanos y ciudadanas de Villa La Angostura tendrán en los próximos días la posibilidad de manifestar su oposición a alguno de los postulantes a Defensor del Pueblo, que están en carrera.
Desde el Concejo Deliberante informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL este lunes que en la próxima sesión se tratará el proyecto de resolución con la apertura del registro de oposición a los candidatos y candidatas a ocupar la Defensoría del Pueblo de Villa La Angostura.
Mientras, los concejales siguen analizando los planes de trabajo propuestos por los postulantes para llevar adelante desde ese organismo municipal. El plan de trabajo solicitado está previsto en la ordenanza 3622 sancionada el 2019.
En carrera por ese cargo están Geraldine Formes, Gerardo Minnard, Laura Juárez, César Javier Rodríguez y Sara Caputo.
El concejal del Frente de Todos Catriel Barberis informó que en la próxima sesión “se va a tratar el registro de oposición que tiene que salir antes de una definición”.
Explicó que en la Secretaría del Concejo Deliberante se abrirá el registro de oposición para que los vecinos se puedan presentar y expresar si están en desacuerdo con la postulación de alguno de los cinco candidatos.
Aclaró que esas oposiciones “no son vinculantes”. “Pero dependiendo de la oposición es para evaluar”, planteó Barberis.
El procedimiento de selección estipulado prevé que los concejales entrevistarán a cada uno de los inscriptos. Tomarán en cuenta la documentación como requisito excluyente, la entrevista personal y la presentación del plan a corto, mediano y largo plazo para la Defensoría. Y el examen oral relacionado con la función (se solicitará la colaboración de RRHH de la Municipalidad).
La ordenanza 3622/19 establece que el Defensor del Pueblo “será designado previo concurso de antecedentes y oposición, por el voto favorable de los dos tercios (2/3) del total de los miembros” del Concejo Deliberante, de acuerdo al artículo 267 de la Carta Orgánica Municipal.
El Defensor del Pueblo durará 6 años en sus funciones y podrá ser designado como máximo por dos períodos consecutivos o alternados contemplando el primer período.
Y percibirá una remuneración equivalente al 80% del básico del viceintendente con más los adicionales generales que correspondieren, con excepción de título y antigüedad acreditada en funciones anteriores.